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Condenas de cinco y tres años de prisión por estafar más de RD$124 millones

El Ministerio Público demostró que Gabriel Emilio Cáceres Araujo y Kristie Marie Cabral Romero incurrieron en captación irregular de dinero en el mercado de valores
Santo Domingo, RD.-. Tras valorar las pruebas presentadas por el Ministerio Público, un tribunal condenó a cinco y tres años de prisión a un hombre y a una mujer que cometieron una estafa de más de 124 millones de pesos en perjuicio de cientos de personas.
Gabriel Emilio Cáceres Araujo fue condenado a cinco años de prisión y Kristie Marie Cabral Romero a tres años con suspensión de la pena, bajo reglas. Ambos procesados por la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros, de la Dirección General de Persecución, deberán pagar una multa equivalente a 100 salarios mínimos a favor del Estado dominicano.
Cáceres Araujo y Cabral Romero integraron un esquema dedicado a la captación irregular de dinero mediante falsas promesas de inversión en el mercado de valores.
De acuerdo con la acusación presentada por el Ministerio Público, los condenados operaban a través de la sociedad Pipschasers Capital, S.R.L., por medio de la cual captaron aproximadamente ciento veinticuatro millones quinientos setenta y cinco mil setecientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$124,575,700.00), provenientes de más de 200 víctimas identificadas durante la investigación.
En el proceso, el órgano acusador estuvo representado por la procuradora general de corte Lewina Tavárez Gil, titular de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros; el procurador fiscal Rafael Reyes Cabreja, y la fiscalizadora Margaret Cabrera Morillo, fiscalizadora.
La decisión fue dictada por las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por Arlin Ventura Jiménez (presidenta), Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, quienes fijaron la lectura íntegra de la sentencia para el próximo 30 de junio de 2026, a las 9:00 de la mañana
Los procesados fueron condenados por violación a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, relativos a la asociación de malhechores y estafa, así como al artículo 351, numeral 4, de la Ley núm. 249-17, sobre Mercado de Valores.
El Ministerio Público también acusó a los encartados de incurrir en lavado de activos.
Durante el juicio, el Ministerio Público sustentó la acusación con suficientes pruebas, incluyendo testimonios, pruebas periciales y otros elementos incorporados al expediente, con los cuales quedó demostrada la responsabilidad penal de los encartados Cáceres Araujo y Cabral Romero en los hechos atribuidos.
Tras presentar sus conclusiones en el juicio, el órgano acusador solicitó 15 años de prisión para Cáceres Araujo y 10 años para Cabral Romero. Para ambos solicitó el pago de una multa de 400 salarios a favor del Estado dominicano y su inhabilitación en mercados financieros y áreas afines.
La Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros reafirmó su compromiso de continuar persiguiendo las estructuras que, mediante maniobras fraudulentas, afectan el patrimonio de los ciudadanos y la confianza en el sistema financiero y de mercado de valores de República Dominicana.