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El TC determinó que las deudas de los contadores o medidores es del usuario o contratante NO del inmueble

SANTO DOMINGO.– El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha emitido durante 2026 varias sentencias relacionadas con las empresas distribuidoras de electricidad, entre ellas EDEESTE, EDESUR y EDENORTE, en procesos de revisión constitucional de decisiones previamente dictadas por la Suprema Corte de Justicia.
Una de las decisiones más recientes es la Sentencia TC/0705/26, publicada el 29 de julio de 2026, correspondiente a un recurso de revisión constitucional presentado por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE) contra la sentencia núm. 033-2021-SSEN00039, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 24 de febrero de 2021.
Asimismo, el TC publicó el 13 de abril de 2026 la Sentencia TC/0185/26, también relacionada con EDEESTE. En este caso, la empresa recurrió una decisión de la Suprema Corte de Justicia que había rechazado un recurso de casación presentado contra una sentencia de la jurisdicción civil.
El expediente de la TC/0185/26 permite establecer que el conflicto no estaba relacionado con un contrato de suministro de electricidad, sino con una demanda en responsabilidad civil derivada de un accidente eléctrico. La controversia surgió luego de que Alexander Morrobel Jiménez falleciera tras entrar en contacto con un cable del tendido eléctrico que, según las decisiones judiciales previas, era propiedad de EDEESTE y se encontraba en condiciones que facilitaron el contacto.
En el expediente, la Suprema Corte había sostenido que las demandas por daños ocasionados por cables de conducción de energía eléctrica se rigen por las reglas de responsabilidad por el hecho de las cosas inanimadas establecidas en el artículo 1384 del Código Civil. La decisión también recoge que fueron valoradas pruebas como el acta de defunción, una certificación de la Superintendencia de Electricidad y un informe del accidente.
Por otra parte, el registro oficial del Tribunal Constitucional muestra que EDESUR Dominicana también tiene decisiones recientes ante esa alta corte. Entre ellas figura la TC/0183/26, del 13 de abril de 2026, relativa a un recurso de revisión constitucional presentado contra la Sentencia núm. 922-2019 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
En el caso de EDENORTE Dominicana, el Tribunal Constitucional registra, entre otras, la TC/0560/26, publicada el 16 de julio de 2026, correspondiente a un recurso de revisión presentado por la distribuidora contra la Sentencia SCJ-PS-25-1427 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
Por tanto, si el tema que se busca es específicamente una sentencia del Tribunal Constitucional que haya decidido sobre la validez, legalidad o condiciones de los contratos de las EDE, no sería correcto presentar la TC/0185/26 como esa sentencia.
La documentación oficial consultada confirma que existen múltiples procesos judiciales vinculados a las distribuidoras, pero los expedientes deben diferenciarse por su materia antes de afirmar que el TC anuló, validó o modificó contratos de las EDE.