{"id":2285,"date":"2026-01-16T12:11:32","date_gmt":"2026-01-16T12:11:32","guid":{"rendered":"https:\/\/7dias.com.do\/?p=507157"},"modified":"2026-01-16T12:11:32","modified_gmt":"2026-01-16T12:11:32","slug":"el-tse-reafirma-su-compromiso-con-la-igualdad-redefinen-el-financiamiento-publico-para-partidos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/opinionvertical.com\/?p=2285","title":{"rendered":"El TSE reafirma su compromiso con la igualdad: redefinen el financiamiento p\u00fablico para partidos"},"content":{"rendered":"<div><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/7dias.com.do\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/IMG_5703-scaled.jpeg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p>Santo Domingo, RD.- El presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, dijo este jueves que, con base en el principio de igualdad, el objetivo del financiamiento p\u00fablico de los partidos y movimientos pol\u00edticos es compensar las desigualdades que existen entre las organizaciones partidarias en cuanto a su capacidad de captar recursos privados.<\/p>\n<p>Dijo que, con ese apoyo, se contribuye a que estas organizaciones cumplan con sus funciones constitucionales, puedan mantenerse en el tiempo con sus estructuras y se proyecten para competir con posibilidades reales de alcanzar esca\u00f1os en los procesos electorales, favoreciendo as\u00ed un sistema de partidos pol\u00edticos plural, con diversidad de propuestas e ideas.<\/p>\n<p>Camacho Hidalgo, en su discurso de rendici\u00f3n de cuentas, mencion\u00f3 que un fallo de especial trascendencia es la sentencia TSE\/0010\/2025, la cual redefini\u00f3 las reglas para la categorizaci\u00f3n de los partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos, as\u00ed como el financiamiento p\u00fablico y el orden de la boleta.<\/p>\n<p>El Tribunal interpret\u00f3 la expresi\u00f3n legal \u00ab\u00faltima elecci\u00f3n\u00bb, contenida en el Art. 61 de la Ley 33-18, y la concibi\u00f3 como \u00abciclo electoral\u00bb. A partir de esta decisi\u00f3n, se tomar\u00e1n en consideraci\u00f3n los votos v\u00e1lidos emitidos en todas las elecciones generales ordinarias celebradas en el a\u00f1o electoral. Este criterio permite medir con mayor precisi\u00f3n la fuerza electoral de una organizaci\u00f3n para el acceso al financiamiento p\u00fablico y el orden de la boleta, ya que se computar\u00e1n los votos v\u00e1lidos obtenidos en todos los niveles de elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Sostiene que, de acuerdo con la decisi\u00f3n de ese tribunal, los partidos pol\u00edticos no pueden adelantar las etapas electorales ni posicionar a un aspirante a precandidatura de manera anticipada.<\/p>\n<p>Dijo que eso choca con la equidad y quebranta la democracia interna de las organizaciones pol\u00edticas. Sostuvo que las acciones de precampa\u00f1a fuera del plazo legal constituyeron otro asunto judicializado en 2025. \u00abEl Tribunal abord\u00f3 el tema en la Sentencia TSE\/0011\/2025, realizando una ponderaci\u00f3n entre la autodeterminaci\u00f3n y la democracia interna, en la que se determin\u00f3 que, si bien las organizaciones partidarias tienen derecho a dise\u00f1ar estrategias de cara a futuros procesos electorales y realizar propaganda institucional\u00bb, dijo.<\/p>\n<p>Afirm\u00f3 que su misi\u00f3n va m\u00e1s all\u00e1 de la restauraci\u00f3n de derechos pol\u00edticos-electorales, ya que incluye competencias fundamentales en materia de identidad y registro civil, especialmente en lo que respecta a la correcci\u00f3n de actas y el cambio de nombres.<\/p>\n<p>Resalt\u00f3 que la decisi\u00f3n sobre el financiamiento p\u00fablico busca compensar las desigualdades que existen entre las organizaciones partidarias en cuanto a su capacidad de captar recursos privados, as\u00ed como contribuir a que estas cumplan con sus funciones constitucionales y puedan mantenerse en el tiempo con sus estructuras, proyect\u00e1ndose para competir con posibilidades reales de alcanzar esca\u00f1os en los procesos electorales. Esto favorece un sistema de partidos pol\u00edticos plural, con diversidad de propuestas e ideas.<\/p>\n<p>Afirm\u00f3 que la corte acogi\u00f3 acciones de amparo presentadas por ciudadanos que, a pesar de residir en sectores del Distrito Nacional, estaban adscritos a colegios electorales de Santo Domingo Oeste, lo cual constitu\u00eda una clara vulneraci\u00f3n del derecho a elegir y ser elegible, ya que se les obligaba a ejercer el sufragio y a postularse por una demarcaci\u00f3n a la que legalmente no pertenec\u00edan.<\/p>\n<p>El Tribunal interpret\u00f3 la expresi\u00f3n legal \u00ab\u00faltima elecci\u00f3n\u00bb como \u00abciclo electoral\u00bb y, para adoptar esa decisi\u00f3n, se tomar\u00e1n en consideraci\u00f3n los votos v\u00e1lidos emitidos en todas las elecciones generales ordinarias celebradas en el a\u00f1o electoral.<\/p>\n<p>Durante su discurso en la Audiencia Solemne con motivo del decimocuarto aniversario, el magistrado Camacho Hidalgo explic\u00f3 que un error en un acta del estado civil puede convertirse en una barrera para acceder a estudios universitarios, servicios b\u00e1sicos, tr\u00e1mites administrativos o documentos de identidad.<\/p>\n<p>\u00abCada decisi\u00f3n que tomamos en esta materia tiene un impacto en la estabilidad y el entorno de una familia\u00bb, dijo.<\/p>\n<p>En ese sentido, afirm\u00f3 que el tribunal ha asumido como un imperativo categ\u00f3rico de justicia la prontitud en el tratamiento de estos casos. Como resultado, se ha agilizado la tramitaci\u00f3n de los expedientes para garantizar respuestas oportunas y efectivas a la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>En lo que respecta a los conflictos entre partidos, el tribunal anul\u00f3 una resoluci\u00f3n disciplinaria emitida por un partido pol\u00edtico debido a una flagrante violaci\u00f3n del debido proceso, garant\u00eda contemplada en el art\u00edculo 69 de nuestra Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n, recalca la importancia del derecho de defensa, la oportunidad de presentar pruebas y la debida publicidad de la convocatoria a la audiencia disciplinaria. Se\u00f1alamos que la notificaci\u00f3n con antelaci\u00f3n sobre la fecha, hora y lugar de las audiencias no es una formalidad, sino un requisito insoslayable para que el afiliado pueda ejercer plenamente su derecho a defender sus intereses. La imposibilidad de presentar pruebas y la falta de convocatoria a la audiencia produjeron la anulaci\u00f3n del proceso, restableciendo as\u00ed el derecho de afiliaci\u00f3n del impugnante.<\/p>\n<p>Al presentar los principales resultados del a\u00f1o 2025, el presidente inform\u00f3 que el TSE proces\u00f3 6,739 expedientes, de los cuales 6,610 correspondieron a rectificaciones de actas del estado civil y 481 a solicitudes de cambio de nombre, emiti\u00e9ndose el mismo n\u00famero de sentencias. Asimismo, se llevaron a cabo 2,325 procesos de inspector\u00eda para sustentar estas decisiones. En materia contenciosa electoral, se recibieron 54 expedientes, los cuales generaron 49 decisiones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo, RD.- El presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, dijo este jueves que, con base en el principio de igualdad, el objetivo del financiamiento p\u00fablico de los partidos y movimientos pol\u00edticos es compensar las desigualdades que existen entre las organizaciones partidarias en cuanto a su capacidad de captar recursos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2286,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[177],"tags":[],"class_list":["post-2285","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/opinionvertical.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/el-tse-reafirma-su-compromiso-con-la-igualdad-redefinen-el-financiamiento-publico-para-partidos.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2285","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2285"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2285\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2286"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2285"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2285"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/opinionvertical.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2285"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}