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Tribunal Superior Electoral emite fallo por desproporcionalidad en reglamento sobre encuestas electorales

Santo Domingo, RD.-. El Tribunal Superior Electoral (TSE) de la República Dominicana emitió la sentencia TSE-0025/2026, en la que declara que el Artículo Décimo Tercero y su párrafo I del Reglamento que regula la realización de encuestas electorales resultan inconstitucionales y contrarios al ordenamiento jurídico vigente.

En la resolución, el órgano jurisdiccional señala que la normativa impugnada afecta de forma desproporcionada la libertad de expresión, el derecho a la información, el pluralismo político y el principio de proporcionalidad. Según se detalla en el fallo, la Junta Central Electoral excedió su potestad reglamentaria al ampliar plazos temporales más allá de lo establecido por el legislador y regular asuntos que no le competen, vulnerando el principio de legalidad y la reserva de ley en materia de derechos fundamentales.

El tribunal explica que debió declararse competente para conocer del recurso, admitir la copia certificada de la firma y la legislación procesal activa de la parte recurrente, acoger el recurso y, en consecuencia, anular la disposición cuestionada. Esta última establecía requisitos para el registro de empresas encuestadoras, la publicación de encuestas en materia electoral y otras obligaciones relacionadas.

La magistrada Rafaela Peralta Arias, jueza titular, dejó constancia escrita de su disidencia en los fundamentos de la decisión mayoritaria. El texto completo de la sentencia consta de 73 páginas, fue firmado en la ciudad el día de hoy y reposa en los archivos del Tribunal Superior Electoral.

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