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Consejo de la Magistratura deberá ratificar o sustituir a once jueces de la Suprema Corte
Santo Domingo, RD.- El presidente Luis Abinader deberá convocar al Consejo Nacional de la Magistratura para decidir sobre la ratificación o sustitución del presidente y de otros diez miembros de la Suprema Corte de Justicia, cuyo período de siete años vence este sábado.
El presidente Abinader deberá convocar a los integrantes del Consejo de la Magistratura, en cumplimiento de un mandato de la Constitución.
Además del mandatario, la matrícula de ese organismo está conformada por el presidente de la Suprema, Luis Henry Molina, quien concluye sus funciones; la jueza de esa alta corte, Nancy Salcedo; el presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez; los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, Ricardo de los Santos y Alfredo Pacheco; así como el senador y el diputado de la Fuerza del Pueblo, Omar Fernández y Tobías Crespo.
Henry Molina asumió la presidencia de la Suprema Corte al ser designado por el Consejo de la Magistratura, presidido en ese entonces por el expresidente Danilo Medina, quien también era miembro del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

De acuerdo con la Constitución, Miolina y los demás jueces que cumplen su periodo podrían ser evaluados por el Consejo para ser ratificados o rechazados. En noviembre pasado, no fueron ratificados los magistrados Manuel Alexis Read Ortiz, Moisés Ferrer Landrón y Pilar Jiménez, presuntamente porque no alcanzaron «los estándares de idoneidad y desempeño exigidos».
Los otros diez miembros de la Suprema que concluyen su período este sábado son los jueces de la primera sala civil y comercial, Justiniano Montero; de la segunda sala penal, Francisco Jerez Mena y Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quien es el primer sustituto del presidente y presidente de la tercera sala de tierras, laboral, contencioso tributario y contencioso administrativo.
La jueza de la segunda sala, segunda sustituta del presidente de la SCJ y secretaria del CNM, Nancy Salcedo Fernández, junto con Samuel Arias Arzeno, Anselmo Bello Ferreras, Vanessa Acosta Peralta, Fran Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Rafael Vásquez Goico.

Estos magistrados deberán ser sometidos a un proceso de evaluación para su ratificación o sustitución por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), conforme a lo establecido en los artículos 179, 180 y 181 de la Constitución de la República.
Once de los 17 jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) están cumpliendo el período de siete años. Nueve de ellos pertenecen a la carrera judicial y los otros dos provienen de la cuota del 25% establecida por el artículo 180 de la Constitución.
El artículo 33 de la Ley 138-11 establece que, para evaluar el desempeño de los jueces de la SCJ, el CNM considerará su integridad, imagen pública, reputación intelectual, destrezas profesionales, capacidad de análisis, laboriosidad, competencias académicas, así como la atención y eficiencia en los casos asignados.
Mientras tanto, el artículo 181 establece los criterios para la evaluación del desempeño. “Los jueces de la Suprema Corte de Justicia estarán sujetos a una evaluación de su desempeño al término de siete años desde su elección, por parte del Consejo Nacional de la Magistratura. En los casos en que el Consejo Nacional de la Magistratura decida la pertinencia de separar a un juez de su cargo, deberá fundamentar su decisión en los motivos contenidos en la ley que rige la materia”, establece la Carta Magna.
El artículo 180 de la Constitución de la República establece que el Consejo Nacional de la Magistratura, al conformar la Suprema Corte de Justicia, deberá seleccionar tres cuartas partes de sus miembros entre jueces que pertenezcan al sistema de carrera judicial, y la cuarta parte restante la escogerá entre profesionales del derecho, académicos o miembros del Ministerio Público.